El Gobierno postergó el FAL hasta diciembre y duplicó el plazo para que los fondos puedan pagar indemnizaciones
El Decreto 1228/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial, trasladó del 1° de noviembre al 1° de diciembre la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), el sistema creado por la reforma laboral para afrontar las obligaciones de los empleadores cuando termina una relación de trabajo. Además, el período de carencia, es decir, los aportes previos que cada empleador debe acumular antes de poder usar el fondo, pasó de seis a doce meses completos y consecutivos, contados desde que ARCA registre el primer aporte. En la práctica, una empresa que aporte por primera vez en diciembre no podrá usar el FAL para pagar un despido hasta fines de 2027.
El Gobierno justificó la medida en que faltan completar ajustes en los procedimientos y en los sistemas informáticos, y según los considerandos, las entidades del mercado de capitales (fondos comunes y agentes de bolsa) pidieron más tiempo. La ley de reforma laboral (27.802) fijó el inicio del régimen para el 1° de junio y le dio al Ejecutivo hasta seis meses de prórroga: primero la usó por cinco, con el Decreto 408/2026 de mayo, y ahora por uno, con lo que agota esa facultad. Los aportes, de 1% para grandes empresas y 2,5% para pymes, irán a una cuenta individual de cada empleador en lugar del SIPA, y comenzarán a ingresar con el período devengado noviembre de 2026.
Según El Cronista, unos 250.000 empleadores todavía no eligieron en qué entidad depositarán su fondo, lo que muestra la disputa de bancos y agentes de bolsa por administrar esos recursos.



