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En qué consiste el refuerzo alimentario para adultos sin ingresos

Las condiciones para acceder son tener entre 18 y 65 años, encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial, no percibir ingresos formales ni estar en relación de dependencia, y no ser tampoco titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas o prestaciones de seguridad social, entre otros. Se pagará en dos instancias entre noviembre y diciembre de este año.

El Gobierno nacional oficializó este miércoles, a través del Decreto 758/22, un «refuerzo alimentario para adultos sin ingresos» de 45.000 pesos a instrumentarse en dos pagos que serán otorgados a personas que se encuentren en situación de «extrema vulnerabilidad», según se informa en el Boletín Oficial.

Para la implementación del refuerzo, se tendrá en cuenta «si las personas son beneficiarias de alguna prestación por desempleo o programa social, ya sea otorgada por el Gobierno nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o los municipios», se detalla en el texto firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur y los ministros Sergio Massa, Raquel ‘Kelly’ Olmos y Victoria Tolosa Paz.

El monto a abonarse será de $ 45.000, a concretarse en dos pagos de $22.500 cada uno, entre noviembre y diciembre de este año. El refuerzo deberá solicitarse ante la Anses, que dispondrá de los mecanismos de intercambio de información necesarios para la acreditación de los requisitos.

Condiciones para acceder al refuerzo alimentario

Las condiciones para acceder al refuerzo son tener entre 18 y 65 años, encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial, no percibir ingresos formales ni estar en relación de dependencia, y no ser tampoco titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas o prestaciones de seguridad social, entre otros.

La decisión de implementar un refuerzo alimentario está en línea con lo previsto en el Fondo de Incremento Exportador creado el 5 de septiembre pasado a través del Decreto 576/22, en cuyo artículo 9 se dispuso que los objetivos de esa iniciativa eran «financiar una prestación monetaria extraordinaria no contributiva y de alcance nacional» como también «programas que estimulen la producción y el desarrollo de pequeños y medianos productores y de economías regionales».

En el caso de la prestación monetaria, la finalidad es asegurar «una adecuada alimentación para las personas en situación de extrema vulnerabilidad», se consignó en el decreto de septiembre.

El Presidente dispuso la creación del refuerzo alimentario antes de partir rumbo al Foro de París y a la cumbre del G-20 en Bali, al firmar tres decretos -entre ellos el 758- que establecen además la prórroga de las sesiones ordinarias del Congreso y el desdoblamiento del aumento en el valor de las prepagas con una nueva fórmula.